BANNER PUBL.



Escaparate

SUBVENCIÓN A FAMILIAS CON MENORES HASTA 12 AÑOS, PARA CONCILIACION VIDA LABORAL

 

El Principado ha convocado las Suvenciones a las familias trabajadoras con menores de hasta doce años inclusive, para la conciliación de la vida laboral, personal y familiar

Plazo de presentación

  • Del 23 de julio al 5 de agosto de 2026 (10 días hábiles).

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Podrán solicitarla las familias trabajadoras que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener a cargo al menos un menor de hasta 12 años de edad (inclusive).
  • Puede solicitarla cualquier tipo de unidad familiar (parejas, familias monoparentales, etc.).
  • En caso de separación o divorcio, podrá solicitarla quien tenga la guarda y custodia. Si existe custodia compartida, solo una de las dos unidades familiares podrá ser beneficiaria.

Requisitos

Para acceder a la ayuda es necesario cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Ser persona trabajadora (por cuenta ajena o propia).
  • Tener unos ingresos anuales de la unidad familiar iguales o inferiores a 45.000 €, según la última declaración del IRPF.
  • Estar empadronados y residir efectivamente en Asturias antes del 1 de enero de 2026 (también el menor).
  • Estar al corriente de las obligaciones con Hacienda, Seguridad Social y la Hacienda del Principado.
  • Haber justificado correctamente otras subvenciones concedidas anteriormente por el Principado.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener subvenciones previstas en la Ley General de Subvenciones.

Gastos subvencionables

La ayuda está destinada a sufragar los gastos derivados de la contratación de servicios de cuidado de menores para facilitar la conciliación laboral durante 2026.

Documentación que debe presentarse

La solicitud deberá ir acompañada, cuando proceda, de la documentación acreditativa correspondiente. Entre la documentación habitual figura:

  • Solicitud oficial.
  • Documento identificativo de la persona solicitante.
  • En su caso, documentación acreditativa de la representación.
  • Documentación que acredite las circunstancias familiares (custodia, separación, etc., cuando proceda).
  • Posteriormente, para el cobro de la ayuda, deberá presentarse la justificación de los gastos realizados, mediante facturas y justificantes de pago válidos.

Justificación

Los gastos subvencionados deberán justificarse antes del 1 de febrero de 2027, mediante la presentación de la documentación acreditativa de los servicios contratados y de su pago efectivo.

Presentación de solicitudes

Las solicitudes pueden presentarse:

  • De forma electrónica a través de miPrincipado.
  • Presencialmente por cualquiera de los medios previstos en la normativa de procedimiento administrativo. 

Usamos cookies propias y de terceros que entre otras cosas recogen datos sobre sus hábitos de navegación para mostrarle publicidad personalizada y realizar análisis de uso de nuestro sitio.
Si continúa navegando consideramos que acepta su uso. OK Más información | Y más