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AYUDAS A LAS FAMILIAS CON NIÑAS Y NIÑOS DE HASTA DOCE AÑOS DE EDAD PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL, PERSONAL Y FAMILIAR CON MOTIVO DE LA SITUACIÓN OCASIONADA POR EL COVID-19


 El gobierno del Principado de Asturias ha incluido una partida de 1,1 millones de euros para financiar el BONO CONCILIA 

AYUDAS A LAS FAMILIAS CON NIÑAS Y NIÑOS DE HASTA DOCE AÑOS DE EDAD PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL, PERSONAL Y FAMILIAR CON MOTIVO DE LA SITUACIÓN OCASIONADA POR EL COVID-19.

La finalidad de estas ayudas es el apoyo a las familias trabajadoras para compensar los gastos en que hayan incurrido o vayan a incurrir en el año 2021, por la contratación de la prestación de servicios de cuidado de menores con el fin de conciliar la actividad laboral por cuenta propia y ajena y el cuidado de niñas y niños de hasta doce años inclusive a su cargo.

Personas beneficiarias.

1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas las familias trabajadoras con niñas y niños de hasta doce años inclusive a su cargo. 

Cada unidad familiar, con independencia de su tipología o composición, podrá ser beneficiaria de una ayuda.

2. Todas las personas responsables de la unidad familiar cualquiera que sea su composición deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en situación de alta en la Seguridad Social como trabajador/a por cuenta ajena o en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, a la fecha de la solicitud. 

b) Tener unos ingresos anuales declarados por unidad familiar iguales o inferiores a 40.000 euros.

c) Tener su residencia efectiva en el Principado de Asturias, estando empadronada/as con anterioridad al 1 de enero de 2021 y continuando al tiempo de la solicitud.

 

Gastos subvencionables y no subvencionables.

1. Serán gastos subvencionables los incurridos por cuidado de menores de edad, hasta doce años inclusive entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021 y que se correspondan con: contratación de guarderías, jardines de infancia, campamentos, convivencias, ludotecas o cualquier otro servicio de naturaleza privada destinado al cuidado de menores siempre que el gasto supere 40 euros. Además, serán subvencionables los gastos generados por la contratación de servicios de cuidado de menores a domicilio o de contratación laboral de personas empleadas del hogar para el cuidado de menores.

2. No serán subvencionables los gastos generados por asistencia a la red pública de recursos, tales como la red pública de escuelas y guarderías infantiles.

Cuantía de las ayudas.

La cuantía de la subvención a percibir por las familias beneficiarias será de un máximo de 300 euros.

Solicitud y documentación.

La solicitud se presentará conforme al modelo normalizado que estará disponible en la sede electrónica de la Administración del Principado de Asturias, a través de la ficha de servicio de la ayuda, introduciendo en el buscador de la cabecera, situado en la parte superior derecha, el código establecido en la convocatoria. Además, se deberá aportar la documentación que figure en la misma

Pago y justificación de las ayudas.

El pago de la ayuda se realizará en la cuantía aprobada mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la persona solicitante en el fichero de acreedores. El abono se efectuará en un único pago tras la resolución de concesión.

enlace al las bases en el  BOPA


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