Gobierno del Principado de Asturias
Datos de Interés:
Teléfono: 985 10 55 00
Web: www.movil.asturias.es
Bonificaciones y deducciones por Familia Numerosa:
I.R.P.F.: DEDUCCIÓN AUTONÓMICA:
Los contribuyentes que formen parte de una unidad familiar que, a fecha de devengo del impuesto, ostente el título de familia numerosa expedido por la autoridad competente en materia de servicios sociales, tendrán derecho a una deducción de:
- 505 euros para familias numerosas de categoría general.
- 1.010 euros para familias numerosas de categoría especial.
- REQUISITOS:
- Las condiciones necesarias para la consideración de familia numerosa y su clasificación por categorías se determinarán con arreglo a lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
- La deducción únicamente resultará aplicable en los supuestos de convivencia del contribuyente con el resto de la unidad familiar.
- Sólo tendrá derecho a esta deducción el contribuyente cuya base imponible no resulte superior a 25.009 euros en tributación individual ni a 35.240 euros en tributación conjunta.
Cuando exista más de un contribuyente con derecho a la aplicación de la deducción y éstos realicen declaración individual del impuesto, la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos.
Las anteriores circunstancias se entenderán referidas a la fecha de devengo del impuesto.
DEDUCCION EN EL IRPF POR LOS GASTOS EN LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR:
En este caso , los limites de renta son 12.500€ en tributación individual y 25.000 en tributación conjunta.
En el caso de solicitud de plaza en centros de educación publicos o concertados, la condicion de familia numerosa otorga un punto mas en la baremación
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